Revista Corsa Nro 482. Agosto de 1975
Nos llaman dos o tres veces por día. Vienen a consultarnos con planos en la mano y todo. Nos escriben rogando que les trasmitamos los secretos mágicos mediante los cuales cualquier hijo de vecino puede trasformar su automóvil al sistema de gas licuado.
Basta ya, señores. Terminen con las súplicas. El decreto Nro 66, del 10/1/75 es terminante; en su artículo primero dice: "Prohíbese el uso de gas licuado de petróleo como combustible para el accionamiento de vehículos automotores". Y en los considerandos se esgrimen contundentes razones.